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Fines de la fundación
Se contemplan en
el art. 6 de sus Estatutos, entre los cuales se destaca con
carácter general “(...) la promoción,
desarrollo, protección y fomento de la cultura, estudios
e investigaciones sobre temas y actividades sociales y culturales
y, especialmente, constitucionales y la difusión de
dichos estudios a través de publicaciones y otros medios
y en general cualquier otra actividad cultural con fundamento
en los principios de utilidad común y desarrollo integral
de la persona humana, con especial relevancia en el estudio
e investigación de los esfuerzos de los pueblos en
regular democráticamente su convivencia por la vía
constitucional (...)”, así como especialmente,
“la investigación y desarrollo de trabajos y
estudios que tengan su origen en el entorno político,
social, económico de la Constitución Española
de 1.812, así como la posterior influencia de este
texto constitucional en las constituciones españolas
y en el Derecho Constitucional comparado.”
En este sentido y de cara
a la conmemoración del bicentenario de la promulgación
de La Pepa, sería especialmente interesante la integración
del Centro de Estudios Constitucionales 1.812 en una fundación
de composición tripartita que, conformada por las Cortes
Generales, la fundación Centro de Estudios Constitucionales
1.812 y la fundación Teatro de las Cortes de San Fernando,
contribuyese a un más al impulso y organización
de eventos que realcen y proyecten los valores inspiradores
que tan importante cambio histórico implicaron para
España.
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